La República Federal de Arekipa es una república federal presidencialista basada en una Constitución promulgada el 23 de agosto de 2003. La cual establece la división del Estado en tres poderes. El Ejecutivo conformado por la Prefectura Nacional, la Presidencia de la República y el Consejo de Ministros; el Poder Legislativo encarnado en el Parlamento Nacional, el cual esta compuesto por el Consejo Legislativo (cámara alta) y el Congreso de la República (cámara baja); finalmente también el Poder Judicial.
1. Poder Ejecutivo
Tras diversos proyectos y para encontrar una propia identidad, diferente de los sistemas de gobiernos existentes, el Poder ejecutivo arekipense es consecuencia de un elaborado proyecto, que toma inspiración de diversos sistemas políticos.
1.1 Prefectura Nacional
Compuesto por una sola persona, el Prefecto Nacional, quien es elegido en un sistema mixto: en primera ronda por sufragio directo en elecciones generales cada siete años, de los resultados de estas elecciones son elegidos los candidatos que lleguen al 30% de votos emitidos, de entre los cuales será elegido uno como Prefecto por el Colegio Electoral; el cual se encuentra compuesto por ambas cámaras del Parlamento, cuatro delegados por cada provincia (el Gobernador más tres alcaldes provinciales) y los miembros de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional.
Su principal función es la de elegir al Presidente de la República, así como también a diplomáticos y jueces. Es quien personifica a la Nación y en teoría el Jefe de Estado (aunque su poder sea muy reducido en comparación al del Presidente), otras de sus atribuciones son las de disolver el Parlamento (excepto durante los últimos 6 meses de su mandato) convoca a elecciones generales y en caso de vacancia de la presidencia asume las funciones de este, hasta la designación de uno nuevo.
1.2 Presidencia de la República
Es el Jefe de Gobierno elegido para un periodo de 4 años, quien en la práctica tiene la dirección suprema de gobierno, decide y ejecuta la política, designa al Primer Ministro y a su gabinete, además de coordinar sus actividades. Aun cuando el Prefecto es quien le designa, este no se encuentra supeditado a su autoridad, pues solamente responde de sus actos al Parlamento.
2. Poder Legislativo
2.1 Consejo Legislativo
Institución histórica de los gobiernos arekipenses en el exilio, fue el órgano que declaro la independencia y hasta la primer elección prefectural fue el único órgano legislativo del país.
Tiene las funciones de una cámara alta. Esta compuesto por 50 miembros: 15 elegidos por el Prefecto Nacional, 15 elegidos por los gobiernos locales, 10 elegidos por personalidades universitarias y 10 elegidos por colegios profesionales.
La Cámara no puede bloquear la legislación fiscal, tampoco debe rechazar otros proyectos de ley si se han aprobado dos veces sucesivas en el Congreso de la República.
2.2 Congreso de la República
Tiene 120 miembros, de los cuales 85 son elegidos por sufragio directo y los 35 restantes por los partidos políticos, dependiendo del éxito de estos en las elecciones prefecturales. Existe una gran polémica en torno a este complicado sistema electoral, donde la elección directa de autoridades de primer nivel se da solamente en un porcentaje minoritario, sobre todo por que fue abolida la costumbre supérstite del sistema viruano, de elegir directamente tanto al presidente como la totalidad de los legisladores.
A las autoridades de la República:
Es un gusto para mi saber que el movimiento micronacionalista se ha comenzado a extender por el Perú. Yo mismo soy peruano de nacimiento, y me encantaría entablar relaciones diplomáticas con la República Arekipense, pues siempre he pensado que los arequipeños (esto es, los arekipenses del Perú) tienen una idiosincrasia tan distinta a lo peruanos que se merecen, si es que el derecho de libre determinación de los pueblos fuera menos que un formalismo, ser independientes o, cuando menos, autónomos.
Agradecemos el comentario y esperamos esperar prontamente relaciones diplomáticas, como repúblicas hermanas